Calculadora de recargos y sanciones de Hacienda
Elige tu caso y la cuota. Te decimos cuánto pagas por presentar tarde, por el apremio o por una sanción, con las reducciones a las que tienes derecho.
Cifras revisadas el
¿Cuánto te cuesta pagar tarde a Hacienda?
| Recargo (4 %)1 % más 1 % por cada mes completo (art. 27 LGT) | 80,00 € |
|---|---|
| Reducción por pagar en plazo (25 %) | −20,00 € |
| Recargo a pagar | 60,00 € |
| Total (cuota + recargo)Sin intereses ni sanción | 2.060,00 € |
Arts. 27, 28, 188 y 191 de la Ley General Tributaria. Si presentas tarde una declaración sin cuota a ingresar, la multa es fija: 200 € (100 € si la presentas sin requerimiento), art. 198.
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Recibir obras en mi zonaRecargo por presentar fuera de plazo sin requerimiento
Si presentas una autoliquidación tarde por tu cuenta, antes de que Hacienda te lo pida, no hay sanción: pagas un recargo (art. 27 de la Ley General Tributaria). Es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso. Pasados 12 meses, el recargo es del 15 % más intereses de demora desde el mes 13. Si pagas la deuda y el recargo en plazo, el recargo se reduce un 25 %.
| Retraso | Recargo | Con reducción del 25 % |
|---|---|---|
| Menos de 1 mes | 1 % | 0,75 % |
| 3 meses completos | 4 % | 3 % |
| 6 meses completos | 7 % | 5,25 % |
| 11 meses completos | 12 % | 9 % |
| 12 meses o más | 15 % + intereses | 11,25 % + intereses |
Recargos del periodo ejecutivo
Si una deuda ya liquidada no se paga en el periodo voluntario, entra en periodo ejecutivo (art. 28 LGT): 5 % si pagas antes de la providencia de apremio, 10 % si pagas en el plazo que da la providencia y 20 % más intereses después.
Sanciones por dejar de ingresar y sus reducciones
Si es Hacienda quien detecta que no ingresaste, hay sanción (art. 191 LGT): leve del 50 %, grave del 50 al 100 % y muy grave del 100 al 150 % de la cuota. Se reduce un 30 % si das tu conformidad y otro 40 % si pagas en plazo sin recurrir; en actas con acuerdo, la reducción es del 65 % (art. 188 LGT).
Ejemplo resuelto
Un modelo 303 con 2.000 € a ingresar presentado con 3 meses completos de retraso, sin requerimiento: recargo del 4 % (80 €), que con la reducción del 25 % queda en 60 €. Si fuera una sanción leve con conformidad y pronto pago: 1.000 € de sanción, que se quedan en 420 €.
Consejos
- 1Si se te pasa un plazo, presenta cuanto antes por tu cuenta: el recargo es mucho menor que una sanción.
- 2Paga el recargo en plazo para tener la reducción del 25 %.
- 3Presenta el modelo aunque no puedas pagar y pide aplazamiento: no presentar es peor que no pagar.
- 4Pon en tu calendario todos los modelos trimestrales (303, 130, 111, 115) con una semana de margen.
- 5Las declaraciones sin cuota también se presentan: no hacerlo tiene multa fija.